# Artículo 337, Código de Comercio de Guatemala — Sociedades Mercantiles

- Ley: Código de Comercio (Decreto 2-70 del Congreso de la República)
- Ubicación: Libro II. De las obligaciones profesionales de los comerciantes › Título I. Del Registro mercantil › Capítulo I. Registradores, forma y materia de la inscripción
- Estado: vigente
- Fuente oficial: OMPI, WIPO Lex (texto oficial suministrado por Guatemala, con las reformas anotadas hasta el Decreto 55-2010) — https://www.wipo.int/wipolex/es/legislation/details/2018
- URL canónica: https://codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-337/
- Cómo citar: Art. 337, Código de Comercio de Guatemala (Decreto 2-70), codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-337/

## Texto

La inscripción de las sociedades mercantiles se hará con base en el testimonio respectivo, que comprenderá:

1º. Forma de organización.

2º. Denominación o razón social y nombre comercial si lo hubiere.

3º. Domicilio y el de sus sucursales.

4º. Objeto.

5º. Plazo de duración.

6º. Capital social.

7º. Notario autorizante de la escritura de constitución, lugar y fecha.

8º. Organos de administración, facultades de los administradores.

9º. Organos de vigilancia si los tuviere.

Siempre que se trate de sociedades cuyo objeto requiera concesión o licencia estatal, será indispensable adjuntar el acuerdo gubernativo o la autorización correspondiente y el término de inscripción principiará a contar a partir de la fecha del acuerdo o autorización.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto del Decreto 2-70 con las reformas que anota WIPO Lex, hasta el Decreto 55-2010 (vigente desde el 29 de junio de 2011). Reformas verificadas hasta 2011, más los Decretos 2-2024 y 15-2026 (abajo). El Decreto 2-2024 (Ley de Tarjetas de Crédito), artículo 62, derogó el artículo 757; su texto se conserva como histórico. Pendientes de incorporar, sin texto oficial reunido: Decreto 57-2000 (Ley de Propiedad Industrial), 18-2017, 20-2018, 6-2020, 8-2022 (Ley de Insolvencia) y 32-2024 (arts. 361 y 363 y el rubro del Libro III, Título II). Si alguna de ellas cambió un artículo, el texto de esa norma no lo refleja. Códice aplicó las reformas del Decreto 15-2026 (Ley Integral Antilavado, vigente desde el 17 de septiembre de 2026) a los artículos 45, 125 y 134 (numeral 2º), según el decreto publicado en el Diario de Centro América el 17 de junio de 2026.

## Citado por

- Art. 341, Código de Comercio — https://codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-341/

## Relacionados

- Art. 350, Código de Comercio — https://codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-350/
- Art. 554, Código de Comercio — https://codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-554/
- Art. 336, Código de Comercio — https://codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-336/
- Art. 46, Código de Notariado — https://codicegt.com/codigo-de-notariado/articulo-46/
- Art. 1730, Código Civil — https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-1730/

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