# Artículo 338, Código de Comercio de Guatemala — Otras inscripciones.

- Ley: Código de Comercio (Decreto 2-70 del Congreso de la República)
- Ubicación: Libro II. De las obligaciones profesionales de los comerciantes › Título I. Del Registro mercantil › Capítulo I. Registradores, forma y materia de la inscripción
- Estado: reformado
- Fuente oficial: OMPI, WIPO Lex (texto oficial suministrado por Guatemala, con las reformas anotadas hasta el Decreto 55-2010) — https://www.wipo.int/wipolex/es/legislation/details/2018
- URL canónica: https://codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-338/
- Cómo citar: Art. 338, Código de Comercio de Guatemala (Decreto 2-70), codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-338/

## Texto

Aparte de los hechos y relaciones jurídicas que especifiquen las leyes, es obligatorio el registro de los siguientes:

1. El nombramiento de administradores de las sociedades, de factores y el otorgamiento de mandatos por cualquier comerciante, para operaciones de su empresa.

2. La revocación o la limitación de las designaciones y mandatos a que se refiere la literal anterior.

3. La creación, adquisición, enajenación, o gravamen de empresa o establecimientos mercantiles.

4. Las capitulaciones matrimoniales de los comerciantes individuales y sus modificaciones, así como el inventario de los bienes que pertenezcan a las personas sometidas a su patria potestad o tutela.

5. Las modificaciones de la escritura constitutiva de las sociedades mercantiles, la prórroga de su plazo y la disolución o liquidación.

6. La constitución, modificación y extinción de derechos reales sobre la empresa o sus establecimientos.

7. Cualquier cambio que ocurra en los datos de la inscripción inicial y cualquier hecho que los afecte.

8. Las emisiones de acciones y de otros títulos que entrañen obligaciones para las sociedades mercantiles, expresando su serie, valor y monto de la emisión, sus intereses, primas y amortizaciones y todas las circunstancias que garanticen los derechos de los tomadores. Las operaciones a que se refiere esta literal serán inscritas exclusivamente en el Registro Mercantil.

9. Los Agentes, Distribuidores y Representantes.

Los asuntos a que se refieren las literales anteriores se anotarán en todas las inscripciones afectadas por el acto de que se trate.

> *Reformado por el Artículo 18, del Decreto Del Congreso Número 11-2006 el 30-05-2006

## Reformas

- Reformado por el artículo 18 del Decreto 11-2006 (2006-05-30)
- Nota sobre reformas de la ley: Texto del Decreto 2-70 con las reformas que anota WIPO Lex, hasta el Decreto 55-2010 (vigente desde el 29 de junio de 2011). Reformas verificadas hasta 2011, más los Decretos 2-2024 y 15-2026 (abajo). El Decreto 2-2024 (Ley de Tarjetas de Crédito), artículo 62, derogó el artículo 757; su texto se conserva como histórico. Pendientes de incorporar, sin texto oficial reunido: Decreto 57-2000 (Ley de Propiedad Industrial), 18-2017, 20-2018, 6-2020, 8-2022 (Ley de Insolvencia) y 32-2024 (arts. 361 y 363 y el rubro del Libro III, Título II). Si alguna de ellas cambió un artículo, el texto de esa norma no lo refleja. Códice aplicó las reformas del Decreto 15-2026 (Ley Integral Antilavado, vigente desde el 17 de septiembre de 2026) a los artículos 45, 125 y 134 (numeral 2º), según el decreto publicado en el Diario de Centro América el 17 de junio de 2026.

## Citado por

- Art. Transitorio VII, Código de Comercio — https://codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-t7/

## Relacionados

- Art. 334, Código de Comercio — https://codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-334/
- Art. 335, Código de Comercio — https://codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-335/
- Art. 104, Ley de Derecho de Autor — https://codicegt.com/ley-de-derecho-de-autor/articulo-104/
- Art. 30, Ley de Propiedad Industrial — https://codicegt.com/ley-de-propiedad-industrial/articulo-30/
- Art. 77, Ley de Propiedad Industrial — https://codicegt.com/ley-de-propiedad-industrial/articulo-77/

---
Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada.
