# Artículo 776, Código de Comercio de Guatemala — Efectos contra terceros

- Ley: Código de Comercio (Decreto 2-70 del Congreso de la República)
- Ubicación: Libro IV. Obligacion y contratos mercantiles › Título II. Contratos mercantiles en particular › Capítulo V. Fideicomiso
- Estado: vigente
- Fuente oficial: OMPI, WIPO Lex (texto oficial suministrado por Guatemala, con las reformas anotadas hasta el Decreto 55-2010) — https://www.wipo.int/wipolex/es/legislation/details/2018
- URL canónica: https://codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-776/
- Cómo citar: Art. 776, Código de Comercio de Guatemala (Decreto 2-70), codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-776/

## Texto

El fideicomiso surte efectos contra terceros:

1º. Desde el momento de la presentación del documento constitutivo al Registro de la Propiedad, si se trataré de inmuebles, derechos reales y demás bienes sujetos a inscripción.

2º. Desde que la traslación se perfeccione de acuerdo con el documento constitutivo de la obligación o la ley, si se tratare de créditos u obligaciones no endosables.

3º. Desde la fecha del endoso o registro, en su caso, si se tratare de títulos a la orden o nominativos, o de bienes muebles sujetos a registros o inscripción.

4º. Desde la fecha del documento constitutivo del fideicomiso si se tratare de bienes muebles no sujetos a registro.

5º. Desde que se efectúa la tradición si se tratare de títulos al portador.

6º. Desde que se efectúa la publicación de un edicto en el Diario Oficial, notificándolo a los interesados, si se tratare de empresas industriales, comerciales o agrícolas.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto del Decreto 2-70 con las reformas que anota WIPO Lex, hasta el Decreto 55-2010 (vigente desde el 29 de junio de 2011). Reformas verificadas hasta 2011, más los Decretos 2-2024 y 15-2026 (abajo). El Decreto 2-2024 (Ley de Tarjetas de Crédito), artículo 62, derogó el artículo 757; su texto se conserva como histórico. Pendientes de incorporar, sin texto oficial reunido: Decreto 57-2000 (Ley de Propiedad Industrial), 18-2017, 20-2018, 6-2020, 8-2022 (Ley de Insolvencia) y 32-2024 (arts. 361 y 363 y el rubro del Libro III, Título II). Si alguna de ellas cambió un artículo, el texto de esa norma no lo refleja. Códice aplicó las reformas del Decreto 15-2026 (Ley Integral Antilavado, vigente desde el 17 de septiembre de 2026) a los artículos 45, 125 y 134 (numeral 2º), según el decreto publicado en el Diario de Centro América el 17 de junio de 2026.

## Relacionados

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- Art. 612, Código de Comercio — https://codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-612/
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