# Artículo 29, Código de Migración de Guatemala — Identidad cultural y religiosa

- Ley: Código de Migración (Decreto 44-2016 del Congreso de la República)
- Ubicación: Libro I. Derechos en General › Título I. Derecho a migrar y los derechos de las personas migrantes › Capítulo III. Derecho de los trabajadores migrantes y sus familias
- Estado: vigente
- Texto al: no indicado en la fuente
- Fuente oficial: CENADOJ, Organismo Judicial (texto del Decreto 44-2016 publicado) — https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/cds/CDs%20de%20leyes/2016/pdfs/decretos/D44-2016.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-29/
- Cómo citar: Art. 29, Código de Migración de Guatemala (Decreto 44-2016), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-29/

## Texto

Las representaciones diplomáticas con sedes en Guatemala pueden promover entre sus connacionales trabajadores en el país, las actividades culturales y religiosas propias de sus países. Este derecho debe ejercerse dentro del marco del respeto a las leyes del país y de las culturas, idiomas, religiones, creencias y hábitos de las personas que habitan el territorio nacional.

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