# Artículo 81, Código de Migración de Guatemala — Estatus extraordinario de permanencia

- Ley: Código de Migración (Decreto 44-2016 del Congreso de la República)
- Ubicación: Libro I. Derechos en General › Título II. Derecho Migratorio › Capítulo V. Estatus extraordinario migratorio
- Estado: vigente
- Texto al: no indicado en la fuente
- Fuente oficial: CENADOJ, Organismo Judicial (texto del Decreto 44-2016 publicado) — https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/cds/CDs%20de%20leyes/2016/pdfs/decretos/D44-2016.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-81/
- Cómo citar: Art. 81, Código de Migración de Guatemala (Decreto 44-2016), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-81/

## Texto

Distinto de los estatus ordinarios migratorios que se definen en este Código, se reconocen circunstancias extraordinarias de permanencia que permiten a una persona extranjera estar en territorio nacional, siendo las siguientes:

a) Estatus de permanencia provisional.

b) Estatus de permanencia de atención especial.

c) Estatus de permanencia por razón humanitaria.

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