# Artículo 28, Código de Salud de Guatemala — Deteccion de necesidades

- Ley: Código de Salud (Decreto 90-97 del Congreso de la República)
- Ubicación: Libro I. Disposiciones generales › Título Único › Capítulo VI. Formacion y capacitacion de los recursos humanos en salud
- Estado: vigente
- Texto al: 9 de noviembre de 2022
- Fuente oficial: Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (medicamentos.mspas.gob.gt), texto con reformas — https://medicamentos.mspas.gob.gt/index.php/legislacion-vigente/decretos?download=292%3Acodigo-de-salud
- URL canónica: https://codicegt.com/codigo-de-salud/articulo-28/
- Cómo citar: Art. 28, Código de Salud de Guatemala (Decreto 90-97), texto al 9 de noviembre de 2022, codicegt.com/codigo-de-salud/articulo-28/

## Texto

El Ministerio de Salud en coordinación con las demás instituciones que conforman el Sector, estructurarán un sistema de información que sea capaz de detectar permanentemente las necesidades que en materia de formación y capacitación de recursos humanos en salud, requieren las instituciones que prestan atención a la población.

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