# Artículo 56, Código Penal de Guatemala — Inhabilitación absoluta

- Ley: Código Penal (Decreto 17-73 del Congreso de la República)
- Ubicación: Libro Primero. Parte general › Título VI. De las penas › Capítulo I. Penas principales
- Estado: reformado
- Texto al: 31 de enero de 2024
- Fuente oficial: CENADOJ, Organismo Judicial — https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Codigos/Codigo%20Penal_CENADOJ%202024.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/codigo-penal/articulo-56/
- Cómo citar: Art. 56, Código Penal de Guatemala (Decreto 17-73), texto al 31 de enero de 2024, codicegt.com/codigo-penal/articulo-56/

## Texto

La inhabilitación absoluta comprende:

1º. La suspensión de los derechos políticos.

2º. La pérdida del empleo o cargo público que el penado ejercía, aunque proviniere de elección popular.

3º. La incapacidad para obtener cargos, empleos y comisiones públicos.

4º. La privación del derecho de elegir y ser electo.

5º. La incapacidad de ejercer la patria potestad y de ser tutor o protutor.

> (Reformado por Artículo 4 del Decreto 31-2012 del Congreso de la República, Ley contra la Corrupción).

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