# Artículo 229, Código Procesal Civil y Mercantil de Guatemala — Materia del juicio sumario

- Ley: Código Procesal Civil y Mercantil (Decreto-Ley 107 del Jefe de Gobierno de la República)
- Ubicación: Libro Segundo. Procesos de conocimiento › Título III. Juicio sumario › Capítulo I. Disposiciones generales
- Estado: vigente
- Texto al: no indicado en la fuente
- Fuente oficial: Municipalidad de Zaragoza (zaragoza.gob.gt) — https://zaragoza.gob.gt/wp-content/uploads/2023/09/CODIGO-PROCESAL-CIVIL-Y-MERCANTIL-DECRETO-LEY-107.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/codigo-procesal-civil-y-mercantil/articulo-229/
- Cómo citar: Art. 229, Código Procesal Civil y Mercantil de Guatemala (Decreto-Ley 107 del Jefe de Gobierno de la República), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-procesal-civil-y-mercantil/articulo-229/

## Texto

Se tramitarán en juicio sumario:

1º. Los asuntos de arrendamiento y de desocupación.

2º. La entrega de bienes muebles, que no sean dinero.

3º. La rescisión de contratos.

4º. La deducción de responsabilidad civil contra funcionarios y empleados públicos.

5º. Los interdictos.

6º. Los que por disposición de la Ley o por convenio de las partes, deban seguirse en esta vía.

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