# Artículo 350, Código Procesal Civil y Mercantil de Guatemala — Contenido de la solicitud de convenio judicial

- Ley: Código Procesal Civil y Mercantil (Decreto-Ley 107 del Jefe de Gobierno de la República)
- Ubicación: Libro Tercero. Procesos de ejecucion › Título V. Ejecucion colectiva › Capítulo I. Concurso voluntario de acreedores
- Estado: vigente
- Texto al: no indicado en la fuente
- Fuente oficial: Municipalidad de Zaragoza (zaragoza.gob.gt) — https://zaragoza.gob.gt/wp-content/uploads/2023/09/CODIGO-PROCESAL-CIVIL-Y-MERCANTIL-DECRETO-LEY-107.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/codigo-procesal-civil-y-mercantil/articulo-350/
- Cómo citar: Art. 350, Código Procesal Civil y Mercantil de Guatemala (Decreto-Ley 107 del Jefe de Gobierno de la República), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-procesal-civil-y-mercantil/articulo-350/

## Texto

El convenio judicial debe proponerse ante el juez del lugar en que el deudor tenga el centro principal de sus negocios; y la solicitud debe contener, además de los requisitos de todo escrito, los siguientes:

1º. Causas de la suspensión o cesación de pagos.

2º. Origen y monto de cada deuda, fecha de su vencimiento, garantía y condiciones, si las hubiere.

3º. Proyecto del convenio, al cual se adjuntará el balance general de los negocios, firmado por el deudor y por la persona encargada de llevar la contabilidad.

4º. La nómina de los acreedores, con indicación del domicilio de cada uno de ellos o de sus respectivos representantes legales.

5º. Dos copias de la solicitud y documentos anexos, una de las cuales quedará en el Tribunal, y la otra se entregará a la comisión revisora a que se refiere el artículo siguiente.

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