# Artículo 142, Código Tributario de Guatemala — Derogado

- Ley: Código Tributario (Decreto 6-91 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título IV. Procedimiento ante la administracion tributaria › Capítulo V. Proceso administrativo › Sección Tercera. Prueba
- Estado: vigente
- Texto al: no indicado en la fuente
- Fuente oficial: Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), portal.sat.gob.gt — https://portal.sat.gob.gt/portal/wpfd_file/codigo-tributario-decreto-numero-6-91/
- URL canónica: https://codicegt.com/codigo-tributario/articulo-142/
- Cómo citar: Art. 142, Código Tributario de Guatemala (Decreto 6-91), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-tributario/articulo-142/

## Texto

*Reformado por el Artículo 21, del Decreto Del Congreso Número 03-04 el 22-01-2004 *Suspendido provisionalmente por el Expediente Número 112 Y 122-2004 el 20-02-2004 *Derogado artículo 21 del Decreto Número 03-04 del Congreso de la República, por el Artículo 68 del Decreto 20-2006 el 06-07-2006 *Suspendido en forma definitiva el trámite de la acción de inconstitucionalidad general parcial del artículo 21 del Decreto Número 03-04 del Congreso de la República, por el expediente Número 112-2004 y 122-2004, el 23-06-2008

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