# Artículo 63, Código Tributario de Guatemala — Requisitos

- Ley: Código Tributario (Decreto 6-91 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título II. Obligacion tributaria › Capítulo VI. Exenciones
- Estado: vigente
- Texto al: no indicado en la fuente
- Fuente oficial: Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), portal.sat.gob.gt — https://portal.sat.gob.gt/portal/wpfd_file/codigo-tributario-decreto-numero-6-91/
- URL canónica: https://codicegt.com/codigo-tributario/articulo-63/
- Cómo citar: Art. 63, Código Tributario de Guatemala (Decreto 6-91), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-tributario/articulo-63/

## Texto

La ley que establezca exenciones, especificará las condiciones y requisitos exigidos para su otorgamiento, los tributos que comprende, si es total o parcial y en su caso, el plazo de su duración.

Para las leyes que contengan beneficios fiscales para el fomento de actividades económicas o para el desarrollo de ciertas áreas geográficas, el plazo máximo de su duración será de diez (10) años.

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