# Artículo 23, Ley contra la Narcoactividad de Guatemala — Presupuestos

- Ley: Ley contra la Narcoactividad (Decreto 48-92 del Congreso de la República)
- Ubicación: Capítulo V. Medidas de seguridad
- Estado: vigente
- Texto al: 31 de mayo de 2025
- Fuente oficial: CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed. — https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Compilaciones/Compilacion%20de%20Leyes%20Penales_CENADOJ%204aEd.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-contra-la-narcoactividad/articulo-23/
- Cómo citar: Art. 23, Ley contra la Narcoactividad de Guatemala (Decreto 48-92), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-contra-la-narcoactividad/articulo-23/

## Texto

Se impondrán medidas de seguridad y corrección:

a) Cuando concurran condiciones que imposibilitan la aplicación de una pena por causa de inimputabilidad.

b) Cuando la reiteración de los delitos a que se refiere esta ley hiciere, presumiere, fundamente la continuación de prácticas delictivas, o la realización de actividades delictivas que ponen en peligro a la sociedad y a los bienes jurídicamente tutelados por la presente ley.

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