# Artículo 24, Ley de Adopciones de Guatemala — Equipo Multidisciplinario

- Ley: Ley de Adopciones (Decreto 77-2007 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título II › Capítulo I. Autoridad central
- Estado: vigente
- Fuente oficial: Ministerio de Educación (Mineduc), DIGEACE — texto del Decreto 77-2007 — https://digeace.mineduc.gob.gt/wp-content/uploads/2025/10/Ley-de-adopciones-Dcto.-77-2007.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-de-adopciones/articulo-24/
- Cómo citar: Art. 24, Ley de Adopciones de Guatemala (Decreto 77-2007), codicegt.com/ley-de-adopciones/articulo-24/

## Texto

El Equipo Multidisciplinario es la unidad de la Autoridad Central que asesora las actuaciones en los procesos de adopción para que estos se realicen de conformidad con la ley, con transparencia, ética y los estándares internacionalmente aceptados; debiendo para el efecto prestar asesoría a los padres biológicos, a los padres adoptantes y los familiares del niño, así como a las instituciones o autoridades cuyo consentimiento sea necesario para el proceso de adopción.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto original del Decreto 77-2007 (vigente desde el 31 de diciembre de 2007) tal como lo publica el Mineduc; la fuente no anota reformas ni fecha de corte. No se verificaron reformas posteriores.

## Relacionados

- Art. 27, Ley de Adopciones — https://codicegt.com/ley-de-adopciones/articulo-27/
- Art. 25, Ley de Adopciones — https://codicegt.com/ley-de-adopciones/articulo-25/
- Art. 37, Ley de Adopciones — https://codicegt.com/ley-de-adopciones/articulo-37/
- Art. 31, Código de Salud — https://codicegt.com/codigo-de-salud/articulo-31/
- Art. 36, Ley Orgánica del IGSS — https://codicegt.com/ley-organica-igss/articulo-36/

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