# Artículo 26, Ley de Adopciones de Guatemala — Requisitos

- Ley: Ley de Adopciones (Decreto 77-2007 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título II › Capítulo I. Autoridad central
- Estado: vigente
- Fuente oficial: Ministerio de Educación (Mineduc), DIGEACE — texto del Decreto 77-2007 — https://digeace.mineduc.gob.gt/wp-content/uploads/2025/10/Ley-de-adopciones-Dcto.-77-2007.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-de-adopciones/articulo-26/
- Cómo citar: Art. 26, Ley de Adopciones de Guatemala (Decreto 77-2007), codicegt.com/ley-de-adopciones/articulo-26/

## Texto

Para ser miembro del Equipo Multidisciplinario, se requiere cumplir los siguientes requisitos:

a. Ser guatemalteco de origen;

b. Ser de reconocida honorabilidad;

c. Ser profesional universitario, colegiado activo;

d. Hallarse en el goce de sus derechos civiles;

e. Acreditar experiencia en el tema de niñez y adolescencia, principalmente en el tema de adopciones.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto original del Decreto 77-2007 (vigente desde el 31 de diciembre de 2007) tal como lo publica el Mineduc; la fuente no anota reformas ni fecha de corte. No se verificaron reformas posteriores.

## Relacionados

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- Art. 137, Ley Electoral y de Partidos Políticos — https://codicegt.com/ley-electoral/articulo-137/
- Art. 8, Ley Orgánica del IGSS — https://codicegt.com/ley-organica-igss/articulo-8/
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