# Artículo 25, Ley de Armas y Municiones de Guatemala — Confidencialidad de la información

- Ley: Ley de Armas y Municiones (Decreto 15-2009 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título II. DIGECAM › Capítulo Único
- Estado: vigente
- Texto al: 31 de mayo de 2025
- Fuente oficial: CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed. — https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Compilaciones/Compilacion%20de%20Leyes%20Penales_CENADOJ%204aEd.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-de-armas-y-municiones/articulo-25/
- Cómo citar: Art. 25, Ley de Armas y Municiones de Guatemala (Decreto 15-2009), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-de-armas-y-municiones/articulo-25/

## Texto

Toda la información recibida por la DIGECAM en relación a las armas de fuego y la que ésta deba remitir a la Policía Nacional Civil, al Ministerio Público y al Instituto Nacional de Ciencias Forenses de Guatemala -INACIF-, no tendrá carácter confidencial y podrá ser utilizada por estas instituciones para procesos de investigación policial y penal.

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