# Artículo 9, Ley de Clases Pasivas de Guatemala — Comprobación de la invalidez

- Ley: Ley de Clases Pasivas (Decreto 63-88 del Congreso de la República)
- Ubicación: Capítulo I. Pensiones
- Estado: vigente
- Fuente oficial: Oficina Nacional de Servicio Civil (onsec.gob.gt), PDF del Decreto 63-88 con notas de reforma — https://www.onsec.gob.gt/w1/wp-content/uploads/2026/06/LEY-DE-CLASES-PASIVAS-CIVILES-DEL-ESTADO-Decreto-No.-63-88.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-de-clases-pasivas/articulo-9/
- Cómo citar: Art. 9, Ley de Clases Pasivas de Guatemala (Decreto 63-88), codicegt.com/ley-de-clases-pasivas/articulo-9/

## Texto

La Oficina Nacional de Servicio Civil puede comprobar en cualquier momento y por los medios que estime convenientes, la invalidez del interesado, así como su rendimiento en la dependencia en donde se encuentra prestando sus servicios; para el efecto, están obligados a prestar su colaboración a dicha Oficina todas las dependencias de los Organismos del Estado o de sus entidades Descentralizadas o Autónomas.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto del Decreto 63-88 con las reformas que anota la ONSEC: Decretos 40-93, 59-95, 119-96, 99-97, 66-98, 24-2016, 17-2021 y 18-2024 (este último adiciona el art. 22 Bis y reforma el art. 25). La edición no declara fecha de corte.

## Relacionados

- Art. 43, Ley de Servicio Civil — https://codicegt.com/ley-de-servicio-civil/articulo-43/
- Art. 21, Ley de Servicio Civil — https://codicegt.com/ley-de-servicio-civil/articulo-21/
- Art. 45, Ley de Clases Pasivas — https://codicegt.com/ley-de-clases-pasivas/articulo-45/
- Art. 56, Ley de Servicio Civil — https://codicegt.com/ley-de-servicio-civil/articulo-56/
- Art. 36, Ley de Protección al Consumidor — https://codicegt.com/ley-de-proteccion-al-consumidor/articulo-36/

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