# Artículo 104, Ley de Competencia de Guatemala — Intereses moratorios

- Ley: Ley de Competencia (Decreto 32-2024 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título IV. Infracciones, sanciones, medidas y prescripción › Capítulo IV. Pago de las multas e intereses
- Estado: vigente
- Fuente oficial: Superintendencia de Competencia (sicom.gob.gt), texto del Decreto 32-2024 — https://www.sicom.gob.gt/Ley%20de%20Competencia.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-104/
- Cómo citar: Art. 104, Ley de Competencia de Guatemala (Decreto 32-2024), codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-104/

## Texto

Las multas que no hayan sido pagadas dentro de los plazos establecidos en la presente Ley devengarán intereses moratorios, a la tasa de interés a favor del fisco que para efectos tributarios se determina de conformidad con el Código Tributario y la Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria, los cuales se calcularán desde la fecha en que debió realizarse el pago, hasta el día en que se haga efectivo.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto del Decreto 32-2024 según la Superintendencia de Competencia, sin notas de reforma ni fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores.

## Relacionados

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- Art. 31, Ley del Impuesto sobre Circulación de Vehículos — https://codicegt.com/ley-impuesto-circulacion-vehiculos/articulo-31/
- Art. 58, Código Tributario — https://codicegt.com/codigo-tributario/articulo-58/
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- Art. 17, Ley del IVA — https://codicegt.com/ley-iva/articulo-17/

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