# Artículo 11, Ley de Competencia de Guatemala — Posición de dominio

- Ley: Ley de Competencia (Decreto 32-2024 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título I. Disposiciones generales, promoción y defensa de la competencia › Capítulo II. Defensa de la libre competencia
- Estado: vigente
- Fuente oficial: Superintendencia de Competencia (sicom.gob.gt), texto del Decreto 32-2024 — https://www.sicom.gob.gt/Ley%20de%20Competencia.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-11/
- Cómo citar: Art. 11, Ley de Competencia de Guatemala (Decreto 32-2024), codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-11/

## Texto

Para determinar si uno o varios agentes económicos tienen individual o conjuntamente posición de dominio en el mercado relevante, debe considerarse:

1) Su participación en el mercado relevante y la posibilidad de fijar precios unilateralmente o restringir el abastecimiento en dicho mercado sin que los agentes económicos competidores puedan, real o potencialmente, contrarrestar dicho poder;

2) La existencia de barreras al acceso y los elementos que previsiblemente puedan alterar tanto dichas barreras como la oferta de otros agentes económicos competidores;

3) La existencia y poder de sus agentes económicos competidores;

4) Las posibilidades de acceso del o de los agentes económicos y sus competidores a fuentes de abastecimiento; y,

5) EI comportamiento reciente del o de los agentes económicos que participan en dicho mercado.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto del Decreto 32-2024 según la Superintendencia de Competencia, sin notas de reforma ni fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores.

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- Art. 17, Ley de Competencia — https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-17/
- Art. 18, Ley de Competencia — https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-18/
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