# Artículo 22, Ley de Competencia de Guatemala — Concentraciones irregulares

- Ley: Ley de Competencia (Decreto 32-2024 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título I. Disposiciones generales, promoción y defensa de la competencia › Capítulo III. Concentraciones económicas
- Estado: vigente
- Fuente oficial: Superintendencia de Competencia (sicom.gob.gt), texto del Decreto 32-2024 — https://www.sicom.gob.gt/Ley%20de%20Competencia.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-22/
- Cómo citar: Art. 22, Ley de Competencia de Guatemala (Decreto 32-2024), codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-22/

## Texto

Se consideran irregulares aquellas concentraciones que:

1) Excedan los umbrales contemplados en la presente Ley, y no hubieren sido autorizadas previamente por la Superintendencia;

2) Hubieren sido autorizadas previamente por la Superintendencia con base en información falsa proporcionada por los agentes económicos involucrados; y,

3) Hubieren sido autorizadas previamente por la Superintendencia sujetas a condiciones, y las mismas no se hayan cumplido en el plazo establecido por esta.

Los agentes económicos que lleven a cabo concentraciones irregulares serán sancionados de conformidad con esta Ley.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto del Decreto 32-2024 según la Superintendencia de Competencia, sin notas de reforma ni fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores.

## Relacionados

- Art. 38, Ley del RIC — https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-38/
- Art. 95, Ley de Competencia — https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-95/
- Art. 211, Ley de Propiedad Industrial — https://codicegt.com/ley-de-propiedad-industrial/articulo-211/
- Art. 36, Ley de lo Contencioso Administrativo — https://codicegt.com/ley-contencioso-administrativo/articulo-36/
- Art. 85, Código Penal — https://codicegt.com/codigo-penal/articulo-85/

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