# Artículo 23, Ley de Competencia de Guatemala — Defensa por eficiencia en concentraciones

- Ley: Ley de Competencia (Decreto 32-2024 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título I. Disposiciones generales, promoción y defensa de la competencia › Capítulo III. Concentraciones económicas
- Estado: vigente
- Fuente oficial: Superintendencia de Competencia (sicom.gob.gt), texto del Decreto 32-2024 — https://www.sicom.gob.gt/Ley%20de%20Competencia.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-23/
- Cómo citar: Art. 23, Ley de Competencia de Guatemala (Decreto 32-2024), codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-23/

## Texto

Los agentes económicos podrán ejercer la defensa por eficiencia, dentro del proceso administrativo, en los casos en que la concentración sea denegada o condicionada. En estos casos los agentes económicos deberán demostrar plenamente que dichas concentraciones producen un beneficio al consumidor, no causan daño a otro u otros agentes económicos, e incrementan la eficiencia económica. La carga de la prueba corresponde a los agentes económicos.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto del Decreto 32-2024 según la Superintendencia de Competencia, sin notas de reforma ni fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores.

## Relacionados

- Art. 10, Ley de Competencia — https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-10/
- Art. 86, Ley de Competencia — https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-86/
- Art. 2, Ley de Bonificación Incentivo — https://codicegt.com/ley-bonificacion-incentivo/articulo-2/
- Art. 3, Ley de Competencia — https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-3/
- Art. 7, Ley de Competencia — https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-7/

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