# Artículo 11, Ley del Servicio Público de Defensa Penal de Guatemala — Requisitos

- Ley: Ley del Servicio Público de Defensa Penal (Decreto 129-97 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título II. Organización del instituto de la defensa pública penal › Capítulo II. Dirección General › Sección Primera. Director General
- Estado: vigente
- Fuente oficial: Instituto de la Defensa Pública Penal (idpp.gob.gt), edición del Decreto 129-97 — https://www.idpp.gob.gt/images/Biblioteca-virtual/Leyes_y_Reglamentos/LEY_DE_SERVICIO_PBLICO_DE_DEFENSA.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-de-defensa-publica-penal/articulo-11/
- Cómo citar: Art. 11, Ley del Servicio Público de Defensa Penal de Guatemala (Decreto 129-97), codicegt.com/ley-de-defensa-publica-penal/articulo-11/

## Texto

Para ser elegido Director General, deberá contarse con los siguientes requisitos:

1. Ser abogado colegiado activo, con un mínimo de 5 años de colegiatura;

2. Acreditar amplia experiencia en materia penal;

3. Haber ejercido como defensor público de oficio, en funciones judiciales o de la carrera del Ministerio Público, que requieran el título de abogado, durante un tiempo mínimo de cinco años, pudiéndose sumar los tiempos parciales en cada uno de ellos a los efectos del cómputo exigido; o en su caso, ser Abogado en ejercicio profesional privado con experiencia penal o en administración.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto del Decreto 129-97 según la edición del Instituto de la Defensa Pública Penal (2009), que no anota reformas ni fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores.

## Relacionados

- Art. 9, Ley del Servicio Público de Defensa Penal — https://codicegt.com/ley-de-defensa-publica-penal/articulo-9/
- Art. 17, Ley del RIC — https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-17/
- Art. 18, Ley del RENAP — https://codicegt.com/ley-del-renap/articulo-18/
- Art. 71, Ley de Áreas Protegidas — https://codicegt.com/ley-de-areas-protegidas/articulo-71/
- Art. 36, Ley de Tarjetas de Crédito — https://codicegt.com/ley-de-tarjetas-de-credito/articulo-36/

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