# Artículo 19, Ley del Servicio Público de Defensa Penal de Guatemala — Municipios

- Ley: Ley del Servicio Público de Defensa Penal (Decreto 129-97 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título II. Organización del instituto de la defensa pública penal › Capítulo II. Dirección General › Sección Tercera. Secciones de división territorial
- Estado: vigente
- Fuente oficial: Instituto de la Defensa Pública Penal (idpp.gob.gt), edición del Decreto 129-97 — https://www.idpp.gob.gt/images/Biblioteca-virtual/Leyes_y_Reglamentos/LEY_DE_SERVICIO_PBLICO_DE_DEFENSA.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-de-defensa-publica-penal/articulo-19/
- Cómo citar: Art. 19, Ley del Servicio Público de Defensa Penal de Guatemala (Decreto 129-97), codicegt.com/ley-de-defensa-publica-penal/articulo-19/

## Texto

En los municipios donde haya un Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, el Servicio Público de Defensa Penal estará integrado por un defensor de planta.

Cuando sea necesario por el número de procesos que se lleve, se podrá ampliar el número de defensores que establece el presente artículo.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto del Decreto 129-97 según la edición del Instituto de la Defensa Pública Penal (2009), que no anota reformas ni fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores.

## Citado por

- Art. 21, Ley del Servicio Público de Defensa Penal — https://codicegt.com/ley-de-defensa-publica-penal/articulo-21/

## Relacionados

- Art. 43, Ley del Servicio Público de Defensa Penal — https://codicegt.com/ley-de-defensa-publica-penal/articulo-43/
- Art. 3, Ley del Servicio Público de Defensa Penal — https://codicegt.com/ley-de-defensa-publica-penal/articulo-3/
- Art. 42, Ley del Servicio Público de Defensa Penal — https://codicegt.com/ley-de-defensa-publica-penal/articulo-42/
- Art. 8, Ley del Servicio Público de Defensa Penal — https://codicegt.com/ley-de-defensa-publica-penal/articulo-8/
- Art. 30, Ley Orgánica del Ministerio Público — https://codicegt.com/ley-organica-del-mp/articulo-30/

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