# Artículo 54, Ley del Servicio Público de Defensa Penal de Guatemala — Personal técnico y administrativo

- Ley: Ley del Servicio Público de Defensa Penal (Decreto 129-97 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título IV. Personal de apoyo técnico y administrativo › Capítulo Único
- Estado: vigente
- Fuente oficial: Instituto de la Defensa Pública Penal (idpp.gob.gt), edición del Decreto 129-97 — https://www.idpp.gob.gt/images/Biblioteca-virtual/Leyes_y_Reglamentos/LEY_DE_SERVICIO_PBLICO_DE_DEFENSA.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-de-defensa-publica-penal/articulo-54/
- Cómo citar: Art. 54, Ley del Servicio Público de Defensa Penal de Guatemala (Decreto 129-97), codicegt.com/ley-de-defensa-publica-penal/articulo-54/

## Texto

El personal asignado a la división administrativa y financiera, realizará las funciones que le asigne la dirección. Para optar a estos cargos deberá superar las evaluaciones correspondientes.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto del Decreto 129-97 según la edición del Instituto de la Defensa Pública Penal (2009), que no anota reformas ni fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores.

## Relacionados

- Art. 62, Ley de Protección al Consumidor — https://codicegt.com/ley-de-proteccion-al-consumidor/articulo-62/
- Art. 1607, Código Civil — https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-1607/
- Art. 79, Ley de Áreas Protegidas — https://codicegt.com/ley-de-areas-protegidas/articulo-79/
- Art. 25, Ley de Servicio Civil — https://codicegt.com/ley-de-servicio-civil/articulo-25/
- Art. 44, Ley del RENAP — https://codicegt.com/ley-del-renap/articulo-44/

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