# Artículo 21, Ley de Desarrollo Social de Guatemala — Mapa de pobreza

- Ley: Ley de Desarrollo Social (Decreto 42-2001 del Congreso de la República)
- Ubicación: Capítulo V. Política de desarrollo social y población › Sección I. Disposiciones generales
- Estado: vigente
- Fuente oficial: Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres (conred.gob.gt), edición del Decreto 42-2001 — https://conred.gob.gt/wp-content/uploads/2025/11/ley_desarrollo_social_42-2001.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-de-desarrollo-social/articulo-21/
- Cómo citar: Art. 21, Ley de Desarrollo Social de Guatemala (Decreto 42-2001), codicegt.com/ley-de-desarrollo-social/articulo-21/

## Texto

El Estado, por medio de la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia, en coordinación con el Ministerio de Economía y el Instituto Nacional de Estadística, será responsable de elaborar y mantener actualizado el mapa oficial de pobreza y extrema pobreza así como los sistemas de información georeferenciados relacionados con las condiciones económicas y sociales de los hogares guatemaltecos, que permita formular estrategias orientadas a la reducción de la pobreza y a lograr las metas propuestas en el Programa de Desarrollo Social y Población.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto del Decreto 42-2001 según la edición que publica la CONRED, sin notas de reforma ni fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores.

## Relacionados

- Art. 42, Ley Orgánica del Presupuesto — https://codicegt.com/ley-organica-del-presupuesto/articulo-42/
- Art. 66, Ley Orgánica del IGSS — https://codicegt.com/ley-organica-igss/articulo-66/
- Art. 4, Código de Salud — https://codicegt.com/codigo-de-salud/articulo-4/
- Art. 118, Constitución — https://codicegt.com/constitucion/articulo-118/
- Art. 43, Código de Salud — https://codicegt.com/codigo-de-salud/articulo-43/

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