# Artículo 14, Ley de Garantías Mobiliarias de Guatemala — Derechos y obligaciones en las garantías mobiliarias sin posesión

- Ley: Ley de Garantías Mobiliarias (Decreto 51-2007 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título II. Constitución de la garantía mobiliaria
- Estado: vigente
- Fuente oficial: Banco de Guatemala (banguat.gob.gt), edición del Decreto 51-2007 con sus reformas (2021) — https://www.banguat.gob.gt/sites/default/files/banguat/leyes/2021/ley_de_garantias_mobiliarias.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-de-garantias-mobiliarias/articulo-14/
- Cómo citar: Art. 14, Ley de Garantías Mobiliarias de Guatemala (Decreto 51-2007), codicegt.com/ley-de-garantias-mobiliarias/articulo-14/

## Texto

En las garantías mobiliarias sin posesión, el deudor garante o su cesionario, salvo pacto en contrario, tendrá los derechos y obligaciones siguientes:

a) Usar, disponer, preservar y conservar los bienes muebles en garantía y los bienes muebles derivados en el curso normal de los negocios del deudor garante con la diligencia debida, definida en esta ley;

b) Suspender el ejercicio de los derechos mencionados en la literal anterior en caso de que el acreedor garantizado le notifique al deudor garante o a su cesionario de su intención de proceder a la ejecución de la garantía mobiliaria en los términos de la presente ley;

c) Permitir que el acreedor garantizado inspeccione los bienes muebles en garantía, a fin de verificar su cantidad, calidad y estado de conservación;

d) Contratar un seguro adecuado, cuando la naturaleza del bien en garantía lo requiera, contra la destrucción y por las pérdidas o daños no provenientes del uso normal de los bienes, que le pudieren ser ocasionados durante la vigencia de la garantía; y,

e) Las demás que pacten las partes y que no contravengan a la presente ley.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto del Decreto 51-2007 según la edición del Banco de Guatemala (PDF de enero de 2021), que incorpora y anota las reformas de los Decretos 46-2008 y 4-2018 del Congreso de la República. La edición no declara fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores.

## Citado por

- Art. 12, Ley de Garantías Mobiliarias — https://codicegt.com/ley-de-garantias-mobiliarias/articulo-12/

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- Art. 6, Ley de Garantías Mobiliarias — https://codicegt.com/ley-de-garantias-mobiliarias/articulo-6/
- Art. 3, Ley de Garantías Mobiliarias — https://codicegt.com/ley-de-garantias-mobiliarias/articulo-3/
- Art. 862, Código Civil — https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-862/

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