# Artículo 17, Ley de la Carrera Judicial de Guatemala — Requisitos

- Ley: Ley de la Carrera Judicial (Decreto 32-2016 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título III. Carrera Judicial › Capítulo I. Clasificación, ingreso y permanencia
- Estado: vigente
- Fuente oficial: CENADOJ, Organismo Judicial (CD de leyes 2016), texto del Decreto 32-2016
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-de-la-carrera-judicial/articulo-17/
- Cómo citar: Art. 17, Ley de la Carrera Judicial de Guatemala (Decreto 32-2016), codicegt.com/ley-de-la-carrera-judicial/articulo-17/

## Texto

Los aspirantes al cargo de juez o magistrado, cualquiera que sea su categoría, deberán reunir los requisitos que establece la Constitución Política de la República de Guatemala.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto original del Decreto 32-2016 según el CD de leyes 2016 del CENADOJ (Organismo Judicial; PDF de noviembre de 2017). Reformas posteriores a esa edición: el Decreto 7-2022 del Congreso reformó los artículos 4, 5, 6, 13, 25, 26, 36 y 46; aquí se publica el texto anterior a esa reforma. No se verificaron otras reformas ni resoluciones de la Corte de Constitucionalidad.

## Relacionados

- Art. 12, Ley Forestal — https://codicegt.com/ley-forestal/articulo-12/
- Art. 270, Constitución — https://codicegt.com/constitucion/articulo-270/
- Art. 31, Ley de Competencia — https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-31/
- Art. 135, Constitución — https://codicegt.com/constitucion/articulo-135/
- Art. Transitorio 19, Constitución — https://codicegt.com/constitucion/articulo-t19/

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