# Artículo 3, Ley de la Tercera Edad de Guatemala — Definición

- Ley: Ley de la Tercera Edad (Decreto 80-96 del Congreso de la República)
- Ubicación: Capítulo I. Disposiciones Fundamentales
- Estado: vigente
- Fuente oficial: Gobernación Departamental de Retalhuleu (gobernacionretalhuleu.gob.gt), edición del Procurador de los Derechos Humanos del Decreto 80-96 con notas de reforma (2013) — https://www.gobernacionretalhuleu.gob.gt/descargas/1_48_decreto_ley_de_la_3ra_edad_2026.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-de-la-tercera-edad/articulo-3/
- Cómo citar: Art. 3, Ley de la Tercera Edad de Guatemala (Decreto 80-96), codicegt.com/ley-de-la-tercera-edad/articulo-3/

## Texto

Para los efectos de la presente Ley, se define como de la tercera edad o anciano, a toda persona de cualquier sexo, religión, raza o color que tenga 60 años o más de edad. Se consideran ancianos en condiciones de vulnerabilidad aquellos que careciendo de protección adecuada, sufran o estén expuestos a sufrir desviaciones o trastornos en su estado físico o mental y los que se encuentren en situación de riesgo.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto del Decreto 80-96 según la edición del Procurador de los Derechos Humanos (diciembre de 2013), publicada por la Gobernación Departamental de Retalhuleu. Anota las reformas de los Decretos 2-97 y 51-98 y la sentencia de la Corte de Constitucionalidad (expediente 522-2011) sobre el inciso e) del artículo 33. La edición no declara fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores.

## Relacionados

- Art. 38, Ley de la Tercera Edad — https://codicegt.com/ley-de-la-tercera-edad/articulo-38/
- Art. 191, Código de Salud — https://codicegt.com/codigo-de-salud/articulo-191/
- Art. 1, Ley de la Tercera Edad — https://codicegt.com/ley-de-la-tercera-edad/articulo-1/
- Art. 14, Código de Migración — https://codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-14/
- Art. 9, Código Civil — https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-9/

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