# Artículo 56, Ley de Minería de Guatemala — Organo competente

- Ley: Ley de Minería (Decreto 48-97 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título III. Competencia y trámites administrativos › Capítulo V. Sanciones
- Estado: vigente
- Fuente oficial: Ministerio de Energía y Minas (mem.gob.gt), Dirección General de Minería, edición de la Ley de Minería y su Reglamento con notas de la Corte de Constitucionalidad — https://mem.gob.gt/wp-content/uploads/2026/04/Ley_Mineria_Reglamento-DGM-04.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-de-mineria/articulo-56/
- Cómo citar: Art. 56, Ley de Minería de Guatemala (Decreto 48-97), codicegt.com/ley-de-mineria/articulo-56/

## Texto

La Dirección es el órgano competente para supervisar, inspeccionar y velar por el cumplimiento y aplicación de esta ley y su reglamento e imponer las sanciones conforme a este capítulo. El procedimiento para su imposición será establecido en el Código Tributario.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto del Decreto 48-97 según la edición del Ministerio de Energía y Minas (Dirección General de Minería, PDF de noviembre de 2020), que anota las sentencias de la Corte de Constitucionalidad (expedientes 1491-2007 y 1-2015 y acumulados) y la derogatoria tácita del artículo 86 por el Decreto 117-97. La edición no declara fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores.

## Relacionados

- Art. 6, Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata — https://codicegt.com/ley-vet/articulo-6/
- Art. 84, Ley de Protección al Consumidor — https://codicegt.com/ley-de-proteccion-al-consumidor/articulo-84/
- Art. 77, Ley de Protección al Consumidor — https://codicegt.com/ley-de-proteccion-al-consumidor/articulo-77/
- Art. 98, Código Tributario — https://codicegt.com/codigo-tributario/articulo-98/
- Art. 65, Ley Orgánica del Ministerio Público — https://codicegt.com/ley-organica-del-mp/articulo-65/

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