# Artículo 10, Ley de Rectificación de Área de Guatemala — Publicaciones

- Ley: Ley de Rectificación de Área (Decreto-Ley 125-83 del Jefe de Estado)
- Estado: vigente
- Fuente oficial: Registro General de la Propiedad (rgp.org.gt), texto del Decreto-Ley 125-83 — https://consulta.rgp.org.gt/docs/rectificarea.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-de-rectificacion-de-area/articulo-10/
- Cómo citar: Art. 10, Ley de Rectificación de Área de Guatemala (Decreto-Ley 125-83 del Jefe de Estado), codicegt.com/ley-de-rectificacion-de-area/articulo-10/

## Texto

En el caso de no poder cumplirse con los requisitos establecidos en el artículo anterior, en lo relativo a las notificaciones, el notario lo hará constar, poniendo razón en el expediente y dispondrá la publicación de un edicto en el Diario Oficial y en otro de los de mayor circulación en el país. El edicto deberá contener:

a) Nombre del solicitante;

b) Objeto de las diligencias;

c) Area real y área inscrita en el Registro de la Propiedad Inmueble;

d) Números registrales y dirección exacta del inmueble, cuya rectificación de área se solicita;

e) Citación a posibles opositores.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto del Decreto-Ley 125-83 según la publicación del Registro General de la Propiedad (PDF de octubre de 2007). No se verificaron reformas posteriores.

## Relacionados

- Art. 46, Ley de Timbres Fiscales — https://codicegt.com/ley-de-timbres-fiscales/articulo-46/
- Art. 354, Código de Comercio — https://codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-354/
- Art. 38, Ley del Organismo Judicial — https://codicegt.com/ley-del-organismo-judicial/articulo-38/
- Art. 61, Código de Notariado — https://codicegt.com/codigo-de-notariado/articulo-61/
- Art. 62, Código de Notariado — https://codicegt.com/codigo-de-notariado/articulo-62/

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