# Artículo 16, Ley de Vivienda de Guatemala — Apoyo a las mancomunidades

- Ley: Ley de Vivienda (Decreto 9-2012 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título II. Sistema institucional › Capítulo II. Ente rector
- Estado: vigente
- Fuente oficial: scp.gob.gt — texto del Decreto 9-2012 — https://scp.gob.gt/wp-content/uploads/2024/03/LEY-DE-VIVIENDAS-Y-ASENTAMIENTOS-HUMANOS.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-de-vivienda/articulo-16/
- Cómo citar: Art. 16, Ley de Vivienda de Guatemala (Decreto 9-2012), codicegt.com/ley-de-vivienda/articulo-16/

## Texto

El ente rector apoyará a mancomunidades organizadas que tengan entre sus fines atender la problemática habitacional, dándoles asesoría y promoviendo redes de apoyo nacionales e internacionales.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto original del Decreto 9-2012 tal como lo publica scp.gob.gt; la fuente no anota reformas ni fecha de corte. No se verificaron reformas posteriores.

## Relacionados

- Art. 47, Ley de Vivienda — https://codicegt.com/ley-de-vivienda/articulo-47/
- Art. 67, Ley de Vivienda — https://codicegt.com/ley-de-vivienda/articulo-67/
- Art. 17, Ley de Vivienda — https://codicegt.com/ley-de-vivienda/articulo-17/
- Art. 44, Ley de Vivienda — https://codicegt.com/ley-de-vivienda/articulo-44/
- Art. 37, Ley de Vivienda — https://codicegt.com/ley-de-vivienda/articulo-37/

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