# Artículo 20, Ley de Vivienda de Guatemala — Atribuciones especificas de coordinación y cooperación

- Ley: Ley de Vivienda (Decreto 9-2012 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título II. Sistema institucional › Capítulo II. Ente rector
- Estado: vigente
- Fuente oficial: scp.gob.gt — texto del Decreto 9-2012 — https://scp.gob.gt/wp-content/uploads/2024/03/LEY-DE-VIVIENDAS-Y-ASENTAMIENTOS-HUMANOS.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-de-vivienda/articulo-20/
- Cómo citar: Art. 20, Ley de Vivienda de Guatemala (Decreto 9-2012), codicegt.com/ley-de-vivienda/articulo-20/

## Texto

Además de lo establecido en el artículo anterior, también le corresponde al ente rector lo siguiente:

a) La coordinación con el Instituto Geográfico Nacional –IGN-, el Registro de Información Catastral -RIC- y el Registro General de la Propiedad –RGP- y con las instituciones relacionadas con el ordenamiento territorial relativo a la vivienda, buscando el apoyo técnico y legal en esta materia; y,

b) La coordinación para establecer cooperación con municipalidades, instituciones, organizaciones públicas y privadas, nacionales como internacionales sobre el tema del equipamiento urbano, agua, desechos sólidos y desechos líquidos y transporte, así como los servicios de infraestructura para desarrollos habitacionales dignos: calles, banquetas, bordillos, señalización y otros.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto original del Decreto 9-2012 tal como lo publica scp.gob.gt; la fuente no anota reformas ni fecha de corte. No se verificaron reformas posteriores.

## Relacionados

- Art. 33, Ley de Vivienda — https://codicegt.com/ley-de-vivienda/articulo-33/
- Art. 46, Ley del RIC — https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-46/
- Art. 49, Ley del RIC — https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-49/
- Art. 34, Ley de Vivienda — https://codicegt.com/ley-de-vivienda/articulo-34/
- Art. 50, Ley del RIC — https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-50/

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