# Artículo 22, Ley de Vivienda de Guatemala — Armonización de los planes municipales

- Ley: Ley de Vivienda (Decreto 9-2012 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título II. Sistema institucional › Capítulo III. Participación de las municipalidades
- Estado: vigente
- Fuente oficial: scp.gob.gt — texto del Decreto 9-2012 — https://scp.gob.gt/wp-content/uploads/2024/03/LEY-DE-VIVIENDAS-Y-ASENTAMIENTOS-HUMANOS.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-de-vivienda/articulo-22/
- Cómo citar: Art. 22, Ley de Vivienda de Guatemala (Decreto 9-2012), codicegt.com/ley-de-vivienda/articulo-22/

## Texto

Las municipalidades procurarán armonizar sus planes de vivienda, su ordenamiento territorial, servicios y equipamiento municipales, con las que para el efecto establezca el ente rector.

Las municipalidades, con base en el Decreto Número 16-2010 del Congreso de la República, Ley de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica, podrán formular las regulaciones que faciliten la gestión de recursos y promoción de proyectos habitacionales.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto original del Decreto 9-2012 tal como lo publica scp.gob.gt; la fuente no anota reformas ni fecha de corte. No se verificaron reformas posteriores.

## Relacionados

- Art. 142, Código Municipal — https://codicegt.com/codigo-municipal/articulo-142/
- Art. 29, Ley de Vivienda — https://codicegt.com/ley-de-vivienda/articulo-29/
- Art. 10, Código Municipal — https://codicegt.com/codigo-municipal/articulo-10/
- Art. 147, Código Municipal — https://codicegt.com/codigo-municipal/articulo-147/
- Art. 102, Código Municipal — https://codicegt.com/codigo-municipal/articulo-102/

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