# Artículo 23, Ley de Vivienda de Guatemala — Apoyo y promoción al proceso de descentralización

- Ley: Ley de Vivienda (Decreto 9-2012 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título II. Sistema institucional › Capítulo III. Participación de las municipalidades
- Estado: vigente
- Fuente oficial: scp.gob.gt — texto del Decreto 9-2012 — https://scp.gob.gt/wp-content/uploads/2024/03/LEY-DE-VIVIENDAS-Y-ASENTAMIENTOS-HUMANOS.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-de-vivienda/articulo-23/
- Cómo citar: Art. 23, Ley de Vivienda de Guatemala (Decreto 9-2012), codicegt.com/ley-de-vivienda/articulo-23/

## Texto

El ente rector, en el ámbito de su competencia, apoyará a las municipalidades cuando se trate de la conducción de sus intereses privativos, del manejo de sus recursos y la solución de sus problemas, tomando en cuenta las circunstancias siguientes:

a) Vigencia de la autonomía municipal.

b) Reconocimiento del carácter multiétnico, pluricultural y multilingüe de las poblaciones.

c) El derecho inalienable y el interés de gestionar lo propio.

d) La inmediatez que permite identificar problemas y plantear soluciones en forma más rápida, eficiente y eficaz.

e) La conveniencia y racionalidad en la aplicación y asignación de recursos.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto original del Decreto 9-2012 tal como lo publica scp.gob.gt; la fuente no anota reformas ni fecha de corte. No se verificaron reformas posteriores.

## Relacionados

- Art. 10, Código Municipal — https://codicegt.com/codigo-municipal/articulo-10/
- Art. 33, Ley de Vivienda — https://codicegt.com/ley-de-vivienda/articulo-33/
- Art. 22, Código Municipal — https://codicegt.com/codigo-municipal/articulo-22/
- Art. 70, Código Municipal — https://codicegt.com/codigo-municipal/articulo-70/
- Art. 142, Código Municipal — https://codicegt.com/codigo-municipal/articulo-142/

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