# Artículo 29, Ley de Vivienda de Guatemala — Desarrollos de parcelamientos para vivienda

- Ley: Ley de Vivienda (Decreto 9-2012 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título III. Gestión habitacional › Capítulo I. Planificación habitacional y ordenamiento territorial en materia de vivienda
- Estado: vigente
- Fuente oficial: scp.gob.gt — texto del Decreto 9-2012 — https://scp.gob.gt/wp-content/uploads/2024/03/LEY-DE-VIVIENDAS-Y-ASENTAMIENTOS-HUMANOS.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-de-vivienda/articulo-29/
- Cómo citar: Art. 29, Ley de Vivienda de Guatemala (Decreto 9-2012), codicegt.com/ley-de-vivienda/articulo-29/

## Texto

Las personas interesadas en desarrollar proyectos de urbanización o de vivienda, deben cumplir con las disposiciones en materia de ordenamiento territorial emitidas por le municipalidad respectiva, las contenidas en le presente Ley y en otras leyes y reglamentos aplicables.

El ente rector deberá revisar y promover las modificaciones necesarias a leyes y reglamentos vigentes sobre vivienda y ordenamiento territorial relacionadas con vivienda, servicios y equipamiento.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto original del Decreto 9-2012 tal como lo publica scp.gob.gt; la fuente no anota reformas ni fecha de corte. No se verificaron reformas posteriores.

## Relacionados

- Art. 25, Ley de Vivienda — https://codicegt.com/ley-de-vivienda/articulo-25/
- Art. 22, Ley de Vivienda — https://codicegt.com/ley-de-vivienda/articulo-22/
- Art. 147, Código Municipal — https://codicegt.com/codigo-municipal/articulo-147/
- Art. 142, Código Municipal — https://codicegt.com/codigo-municipal/articulo-142/
- Art. 102, Código Municipal — https://codicegt.com/codigo-municipal/articulo-102/

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