# Artículo 36, Ley del Organismo Ejecutivo de Guatemala

- Ley: Ley del Organismo Ejecutivo (Decreto 114-97 del Congreso de la República)
- Ubicación: Capítulo IV › Sección Segunda. Funciones sustantivas de los ministerios de Estado
- Estado: reformado
- Fuente oficial: Oficina Nacional de Servicio Civil (onsec.gob.gt), PDF del Decreto 114-97 con notas de reforma — https://www.onsec.gob.gt/w1/wp-content/uploads/2026/06/LEY-DEL-ORGANISMO-EJECUTIVO-Decreto-No.-114-97.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-del-organismo-ejecutivo/articulo-36/
- Cómo citar: Art. 36, Ley del Organismo Ejecutivo de Guatemala (Decreto 114-97), codicegt.com/ley-del-organismo-ejecutivo/articulo-36/

## Texto

Ministerio de Gobernación. Al Ministerio de Gobernación le corresponde formular las políticas, cumplir y hacer cumplir el régimen jurídico relativo al mantenimiento de la paz y el orden público, la seguridad de las personas y de sus bienes, la garantía de sus derechos, la ejecución de las órdenes y resoluciones judiciales y refrendar los nombramientos de los Ministros de Estado, incluyendo el de quien lo suceda en el cargo; para ello tiene a su cargo las siguientes funciones:

a) Compilar y publicar ordenadamente los códigos, leyes y reglamentos de la República.

b) Aprobar los estatutos de las fundaciones, y otras formas de asociación, que requieran por ley tal formalidad, y otorgar y reconocer la personalidad jurídica de las mismas.

c) Ejercer la vigilancia y supervisión de los montes de piedad, rifas y loterías, salvo lo dispuesto por leyes específicas.

d) Administrar descentralizadamente los registros y sistemas de documentación de identidad ciudadana, bajo su jurisdicción.

e) Dar cumplimiento a las resoluciones emanadas de los tribunales de justicia en lo que le compete.

f) Prestar el servicio de notariado del Estado a través del Escribano de Cámara y de Gobierno.

g) Atender lo relativo a la impresión de publicaciones de carácter oficial.

h) Velar por la eficiente administración de los registros públicos sometidos a su jurisdicción.

i) Representar, en el seno de la administración pública, al Presidente de la República y coordinar sus relaciones con los gobernadores departamentales.

j) DEROGADO.

k) DEROGADO.

l) Controlar, conforme a la ley, el registro de las armas de fuego en circulación y la identificación de sus propietarios.

m) Elaborar y aplicar planes de seguridad pública y encargarse de todo lo relativo al mantenimiento del orden público y a la seguridad de las personas y de sus bienes.

n) Conducir los cuerpos de seguridad pública del Gobierno.

o) Proponer los anteproyectos, para reglamentación de los servicios privados de seguridad.

p) Elaborar y aplicar las políticas de inteligencia civil, y recabar y analizar información para combatir el crimen organizado y la delincuencia común, dentro del marco de la ley.

q) Administrar el régimen penitenciario del país, salvo aquello asignado a otros órganos del Estado.

> Reformado el primer párrafo como aparece en el texto y derogadas las literales j) y k) por el Artículo 239 del Decreto número 44-2016, publicado en el Diario de Centro América el 18 de octubre de 2016

## Reformas

- Reformado (párrafo) por el artículo 239 del Decreto 44-2016 (2016-10-18)
- Derogado (literal) por el artículo 239 del Decreto 44-2016 (2016-10-18)
- Nota sobre reformas de la ley: Texto del Decreto 114-97 con las reformas que anota la ONSEC (edición de enero de 2025): Decretos 63-98, 22-99, 90-2000, 50-2003, 11-2006, 18-2008, 1-2012, 44-2016, 32-2024 y 35-2024, entre otros. La edición no declara fecha de corte.

## Citado por

- Art. 239, Código de Migración — https://codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-239/
- Art. 55, Ley del Organismo Ejecutivo — https://codicegt.com/ley-del-organismo-ejecutivo/articulo-55/

## Relacionados

- Art. 194, Constitución — https://codicegt.com/constitucion/articulo-194/
- Art. 37, Ley del Organismo Ejecutivo — https://codicegt.com/ley-del-organismo-ejecutivo/articulo-37/
- Art. 64, Ley de Servicio Civil — https://codicegt.com/ley-de-servicio-civil/articulo-64/
- Art. 251, Constitución — https://codicegt.com/constitucion/articulo-251/
- Art. 9, Código de Salud — https://codicegt.com/codigo-de-salud/articulo-9/

---
Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada.
