# Artículo 11, Ley del RIC de Guatemala — Requisitos para integrar el Consejo Directivo del RIC

- Ley: Ley del RIC (Decreto 41-2005 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título II › Capítulo Único. Organización del Registro de información catastral
- Estado: vigente
- Fuente oficial: Registro de Información Catastral (ric.gob.gt), edición del Decreto 41-2005 (2008) — https://portal.ric.gob.gt/sites/default/files/2019-09/ley-del-ric-version-con-portada_0.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-11/
- Cómo citar: Art. 11, Ley del RIC de Guatemala (Decreto 41-2005), codicegt.com/ley-del-ric/articulo-11/

## Texto

Podrán integrar el Consejo Directivo del RIC, quienes reúnan los siguientes requisitos:

a) Ser guatemalteco.

b) Ser mayor de edad.

c) Hallarse en el pleno goce de sus derechos civiles.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto del Decreto 41-2005 según la edición del Registro de Información Catastral (PDF de septiembre de 2008). La edición 2025 del RIC anota que la Corte de Constitucionalidad (expedientes acumulados 2265, 2243 y 2251) declaró inconstitucionales el segundo párrafo del artículo 73 y el artículo 91; esas notas van en cada artículo. No se verificaron reformas posteriores.

## Relacionados

- Art. 12, Ley Forestal — https://codicegt.com/ley-forestal/articulo-12/
- Art. 10, Ley del RIC — https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-10/
- Art. 8, Ley Orgánica del IGSS — https://codicegt.com/ley-organica-igss/articulo-8/
- Art. 137, Ley Electoral y de Partidos Políticos — https://codicegt.com/ley-electoral/articulo-137/
- Art. 106, Código de Trabajo — https://codicegt.com/codigo-de-trabajo/articulo-106/

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