# Artículo 57, Ley del RIC de Guatemala — De los recursos

- Ley: Ley del RIC (Decreto 41-2005 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título VI › Capítulo Único. De la solicitud de revisión técnica del proceso y de los recursos administrativos
- Estado: vigente
- Fuente oficial: Registro de Información Catastral (ric.gob.gt), edición del Decreto 41-2005 (2008) — https://portal.ric.gob.gt/sites/default/files/2019-09/ley-del-ric-version-con-portada_0.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-57/
- Cómo citar: Art. 57, Ley del RIC de Guatemala (Decreto 41-2005), codicegt.com/ley-del-ric/articulo-57/

## Texto

Los actos administrativos o resoluciones emitidas al amparo de esta Ley, podrán ser impugnados de acuerdo con los recursos previstos en la Ley de lo Contencioso Administrativo.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto del Decreto 41-2005 según la edición del Registro de Información Catastral (PDF de septiembre de 2008). La edición 2025 del RIC anota que la Corte de Constitucionalidad (expedientes acumulados 2265, 2243 y 2251) declaró inconstitucionales el segundo párrafo del artículo 73 y el artículo 91; esas notas van en cada artículo. No se verificaron reformas posteriores.

## Relacionados

- Art. 160, Código Municipal — https://codicegt.com/codigo-municipal/articulo-160/
- Art. 141, Código Municipal — https://codicegt.com/codigo-municipal/articulo-141/
- Art. 158, Código Municipal — https://codicegt.com/codigo-municipal/articulo-158/
- Art. 3, Ley de lo Contencioso Administrativo — https://codicegt.com/ley-contencioso-administrativo/articulo-3/
- Art. 26, Ley de lo Contencioso Administrativo — https://codicegt.com/ley-contencioso-administrativo/articulo-26/

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