# Artículo 62, Ley del RIC de Guatemala — Ausencia o incomparecencia

- Ley: Ley del RIC (Decreto 41-2005 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título VII. Regularización en el marco del proceso catastral › Capítulo I. Disposiciones especiales
- Estado: vigente
- Fuente oficial: Registro de Información Catastral (ric.gob.gt), edición del Decreto 41-2005 (2008) — https://portal.ric.gob.gt/sites/default/files/2019-09/ley-del-ric-version-con-portada_0.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-62/
- Cómo citar: Art. 62, Ley del RIC de Guatemala (Decreto 41-2005), codicegt.com/ley-del-ric/articulo-62/

## Texto

Si no fuere localizado el propietario, poseedor o tenedor de un predio, se identificará a éste con los datos que refieran sus colindantes, citándosele por edicto publicado por una sola vez en el Diario Oficial, así como por un aviso puesto en un lugar visible de la municipalidad que corresponda, para que se manifieste sobre la ubicación de mojones y linderos y complete la información requerida.

Si el interesado no compareciere dentro de los treinta días siguientes a la fecha de la publicación, se tendrán por definidos los mojones y linderos consignados por los colindantes y los que resulten del análisis catastral.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto del Decreto 41-2005 según la edición del Registro de Información Catastral (PDF de septiembre de 2008). La edición 2025 del RIC anota que la Corte de Constitucionalidad (expedientes acumulados 2265, 2243 y 2251) declaró inconstitucionales el segundo párrafo del artículo 73 y el artículo 91; esas notas van en cada artículo. No se verificaron reformas posteriores.

## Relacionados

- Art. 8, Ley de Titulación Supletoria — https://codicegt.com/ley-de-titulacion-supletoria/articulo-8/
- Art. 33, Ley del IUSI — https://codicegt.com/ley-iusi/articulo-33/
- Art. 168, Código Procesal Penal — https://codicegt.com/codigo-procesal-penal/articulo-168/
- Art. 596, Código Civil — https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-596/
- Art. 1131, Código Civil — https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-1131/

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