# Artículo 8, Ley del RIC de Guatemala — Integración

- Ley: Ley del RIC (Decreto 41-2005 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título II › Capítulo Único. Organización del Registro de información catastral
- Estado: vigente
- Fuente oficial: Registro de Información Catastral (ric.gob.gt), edición del Decreto 41-2005 (2008) — https://portal.ric.gob.gt/sites/default/files/2019-09/ley-del-ric-version-con-portada_0.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-8/
- Cómo citar: Art. 8, Ley del RIC de Guatemala (Decreto 41-2005), codicegt.com/ley-del-ric/articulo-8/

## Texto

El Registro de Información Catastral tendrá la estructura organizativa siguiente:

a) Consejo Directivo del RIC;

b) Dirección Ejecutiva Nacional;

c) Direcciones Municipales de Registro de Información Catastral.

El RIC creará las unidades técnicas y administrativas que sean necesarias para el cumplimiento de las funciones asignadas en esta Ley. La Dirección Ejecutiva Nacional reglamentará sus funciones, métodos y procedimientos internos.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto del Decreto 41-2005 según la edición del Registro de Información Catastral (PDF de septiembre de 2008). La edición 2025 del RIC anota que la Corte de Constitucionalidad (expedientes acumulados 2265, 2243 y 2251) declaró inconstitucionales el segundo párrafo del artículo 73 y el artículo 91; esas notas van en cada artículo. No se verificaron reformas posteriores.

## Relacionados

- Art. 13, Ley del RIC — https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-13/
- Art. 46, Ley del RIC — https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-46/
- Art. 3, Ley del RIC — https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-3/
- Art. 19, Ley del RIC — https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-19/
- Art. 9, Ley del RIC — https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-9/

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