# Artículo 81, Ley del RIC de Guatemala — Apremios

- Ley: Ley del RIC (Decreto 41-2005 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título VIII. Disposiciones especiales y finales › Capítulo II. Obligaciones y sanciones
- Estado: vigente
- Fuente oficial: Registro de Información Catastral (ric.gob.gt), edición del Decreto 41-2005 (2008) — https://portal.ric.gob.gt/sites/default/files/2019-09/ley-del-ric-version-con-portada_0.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-81/
- Cómo citar: Art. 81, Ley del RIC de Guatemala (Decreto 41-2005), codicegt.com/ley-del-ric/articulo-81/

## Texto

Cuando el propietario, poseedor o tenedor de un predio, o su representante, no permita a las personas facultadas por el RIC el acceso al mismo, o si se negara a proporcionar la información que le sea requerida, se promoverán judicialmente los apremios que correspondan de acuerdo con la Ley del Organismo Judicial.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto del Decreto 41-2005 según la edición del Registro de Información Catastral (PDF de septiembre de 2008). La edición 2025 del RIC anota que la Corte de Constitucionalidad (expedientes acumulados 2265, 2243 y 2251) declaró inconstitucionales el segundo párrafo del artículo 73 y el artículo 91; esas notas van en cada artículo. No se verificaron reformas posteriores.

## Relacionados

- Art. 87, Ley contra la Delincuencia Organizada — https://codicegt.com/ley-contra-la-delincuencia-organizada/articulo-87/
- Art. 79, Ley del RIC — https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-79/
- Art. 614, Código Civil — https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-614/
- Art. 523, Código Procesal Civil y Mercantil — https://codicegt.com/codigo-procesal-civil-y-mercantil/articulo-523/
- Art. 468, Código Civil — https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-468/

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