# Artículo 90, Ley del RIC de Guatemala — Casos no previstos

- Ley: Ley del RIC (Decreto 41-2005 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título VIII. Disposiciones especiales y finales › Capítulo III. Disposiciones finales, transitorias y derogatorias
- Estado: vigente
- Fuente oficial: Registro de Información Catastral (ric.gob.gt), edición del Decreto 41-2005 (2008) — https://portal.ric.gob.gt/sites/default/files/2019-09/ley-del-ric-version-con-portada_0.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-90/
- Cómo citar: Art. 90, Ley del RIC de Guatemala (Decreto 41-2005), codicegt.com/ley-del-ric/articulo-90/

## Texto

Los casos no previstos en la presente Ley serán resueltos de conformidad con los principios establecidos en la Ley del Organismo Judicial, Decreto Número 2-89 del Congreso de la República y sus reformas.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto del Decreto 41-2005 según la edición del Registro de Información Catastral (PDF de septiembre de 2008). La edición 2025 del RIC anota que la Corte de Constitucionalidad (expedientes acumulados 2265, 2243 y 2251) declaró inconstitucionales el segundo párrafo del artículo 73 y el artículo 91; esas notas van en cada artículo. No se verificaron reformas posteriores.

## Relacionados

- Art. 168, Código Tributario — https://codicegt.com/codigo-tributario/articulo-168/
- Art. 119, Ley Integral Antilavado — https://codicegt.com/ley-integral-antilavado/articulo-119/
- Art. 60, Ley de Clases Pasivas — https://codicegt.com/ley-de-clases-pasivas/articulo-60/
- Art. 5, Ley de Servicio Civil — https://codicegt.com/ley-de-servicio-civil/articulo-5/
- Art. Final X, Código de Comercio — https://codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-f10/

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