# Artículo Transitorio 152, Ley Electoral y de Partidos Políticos de Guatemala — Artículo nuevo

- Ley: Ley Electoral y de Partidos Políticos (Decreto 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente)
- Ubicación: Disposiciones transitorias. Y finales
- Estado: vigente
- Texto al: no indicado en la fuente
- Fuente oficial: Tribunal Supremo Electoral (edición 2023) — https://tse.org.gt/images/LEPP2023.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-electoral/articulo-t152/
- Cómo citar: Art. Transitorio 152, Ley Electoral y de Partidos Políticos de Guatemala (Decreto 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-electoral/articulo-t152/

## Texto

Transitorio. Las disposiciones contenidas en el artículo 19 de la presente ley, no se aplicarán a los comités para la formación de partidos políticos que hayan iniciado su trámite ante la autoridad correspondiente con fecha anterior a la vigencia de estas reformas, y continuarán su trámite con apego a la ley que regía al momento de iniciar su solicitud de inscripción.”

*Artículo 152 nuevo Transitorio que introdujo el Decreto 10-04 del Congreso de la República.

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