# Artículo 176, Ley de Actualización Tributaria (ISR) de Guatemala — Tratamiento de depreciaciones

- Ley: Ley de Actualización Tributaria (ISR) (Decreto 10-2012 del Congreso de la República)
- Ubicación: Libro VII. Disposiciones finales y transitorias › Capítulo I. Disposiciones transitorias
- Estado: vigente
- Texto al: no indicado en la fuente
- Fuente oficial: Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), portal.sat.gob.gt — https://portal.sat.gob.gt/portal/wpfd_file/decreto-no-10-2012-ley-de-actualizacion-tributaria-2/
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-isr/articulo-176/
- Cómo citar: Art. 176, Ley de Actualización Tributaria (ISR) de Guatemala (Decreto 10-2012), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-isr/articulo-176/

## Texto

En el caso de las depreciaciones que se han venido aplicando antes de la vigencia de esta Ley y que exceden el valor base registrado en catastro municipal o matrícula fiscal, el contribuyente podrá continuar con la depreciación de los mismos como gasto deducible, únicamente si demuestra la inversión efectivamente realizada en los inmuebles.

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