# Artículo 177, Ley de Actualización Tributaria (ISR) de Guatemala — Creación de tribunales especializados en materia tributaria

- Ley: Ley de Actualización Tributaria (ISR) (Decreto 10-2012 del Congreso de la República)
- Ubicación: Libro VII. Disposiciones finales y transitorias › Capítulo II. Disposiciones finales y derogatorias
- Estado: vigente
- Texto al: no indicado en la fuente
- Fuente oficial: Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), portal.sat.gob.gt — https://portal.sat.gob.gt/portal/wpfd_file/decreto-no-10-2012-ley-de-actualizacion-tributaria-2/
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-isr/articulo-177/
- Cómo citar: Art. 177, Ley de Actualización Tributaria (ISR) de Guatemala (Decreto 10-2012), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-isr/articulo-177/

## Texto

La Corte Suprema de Justicia, dentro del plazo de un (1) año, a partir de la fecha de publicación de la presente Ley, podrá crear juzgados y tribunales penales especializados a los que se les atribuye competencia para conocer de los ilícitos tributarios y aduaneros, así como de los cierres temporales de empresas, establecimientos o negocios.

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