# Artículo 16, Ley del IUSI de Guatemala — Manual de avalúos

- Ley: Ley del IUSI (Decreto 15-98 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título II. De la administracion, fiscalizacion, liquidacion y pago, sanciones y procedimientos › Capítulo I. De la administracion
- Estado: vigente
- Fuente oficial: Municipalidad de San Miguel Dueñas (munisanmiguelduenas.gob.gt), copia del Decreto 15-98 en PDF con capa de texto — https://www.munisanmiguelduenas.gob.gt/documentos/INFORMACION%20PUBLICA/A%C3%91O%202022/6.%20JUNIO/INCISO%201/1C.LEY%20DEL%20%20IMPUESTO%20UNICO%20SOBRE%20INMUEBLES.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-iusi/articulo-16/
- Cómo citar: Art. 16, Ley del IUSI de Guatemala (Decreto 15-98), codicegt.com/ley-iusi/articulo-16/

## Texto

Con el objeto de determinar parámetros de valuación para el justiprecio de bienes inmuebles, la Dirección debe formular el manual técnico respectivo, y deberá actualizarlo por lo menos cada cinco (5) años. El manual y su actualización deberá ser autorizado mediante Acuerdo Ministerial, que deberá ser publicado en el Diario Oficial.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto original del Decreto 15-98 (que derogó el Decreto 122-97 y restableció el Decreto 62-87). Reforma posterior que no se incorpora: el Decreto 18-2026 del Congreso, según el Ministerio de Finanzas Públicas (minfin.gob.gt), reforma el Decreto 15-98. Su texto y su fecha de vigencia no se verificaron en una fuente de texto; la fuente de la copia no declara fecha de corte.

## Relacionados

- Art. 59, Ley del RIC — https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-59/
- Art. 551, Código Civil — https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-551/
- Art. 160, Ley de Propiedad Industrial — https://codicegt.com/ley-de-propiedad-industrial/articulo-160/
- Art. 86, Ley de Derecho de Autor — https://codicegt.com/ley-de-derecho-de-autor/articulo-86/
- Art. 39 Bis, Ley de Contrataciones del Estado — https://codicegt.com/ley-de-contrataciones-del-estado/articulo-39bis/

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