# Artículo 5, Ley del IUSI de Guatemala — Actualización del valor fiscal

- Ley: Ley del IUSI (Decreto 15-98 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título I. Del impuesto, objeto, sujetos, tasas y exenciones › Capítulo II. Del objeto del impuesto
- Estado: vigente
- Fuente oficial: Municipalidad de San Miguel Dueñas (munisanmiguelduenas.gob.gt), copia del Decreto 15-98 en PDF con capa de texto — https://www.munisanmiguelduenas.gob.gt/documentos/INFORMACION%20PUBLICA/A%C3%91O%202022/6.%20JUNIO/INCISO%201/1C.LEY%20DEL%20%20IMPUESTO%20UNICO%20SOBRE%20INMUEBLES.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-iusi/articulo-5/
- Cómo citar: Art. 5, Ley del IUSI de Guatemala (Decreto 15-98), codicegt.com/ley-iusi/articulo-5/

## Texto

El valor de un inmueble se determina:

1. Por autoavalúo presentado por los contribuyentes conforme a las condiciones a que se refiere esta ley;

2. Por avalúo directo de cada inmueble, que practique o apruebe la Dirección o en su caso la municipalidad cuando ya esté administrando el impuesto, conforme el manual de avalúos elaborado por el Ministerio de Finanzas Públicas y mediante los procedimientos previamente aprobados por el Concejo Municipal;

3. Por avalúo técnico practicado por valuador autorizado por la Dirección a requerimiento del propietario; este avalúo deberá presentarse en certificación bajo juramento, firmado por el propietario o su representante legal y el valuador autorizado; y,

4. Por nuevos valores consignados en el aviso notarial a que dé lugar la enajenación o transferencia por cualquier título de bienes inmuebles.

Cuando los valores consignados en los numerales anteriores, sean menores a los valores registrados en la matrícula fiscal, no serán operados por la Dirección o la municipalidad respectiva.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto original del Decreto 15-98 (que derogó el Decreto 122-97 y restableció el Decreto 62-87). Reforma posterior que no se incorpora: el Decreto 18-2026 del Congreso, según el Ministerio de Finanzas Públicas (minfin.gob.gt), reforma el Decreto 15-98. Su texto y su fecha de vigencia no se verificaron en una fuente de texto; la fuente de la copia no declara fecha de corte.

## Relacionados

- Art. 446, Código Civil — https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-446/
- Art. 17, Ley de Inquilinato — https://codicegt.com/ley-de-inquilinato/articulo-17/
- Art. 34, Ley de Actualización Tributaria (ISR) — https://codicegt.com/ley-isr/articulo-34/
- Art. 35, Ley de Actualización Tributaria (ISR) — https://codicegt.com/ley-isr/articulo-35/
- Art. 84, Ley de Actualización Tributaria (ISR) — https://codicegt.com/ley-isr/articulo-84/

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