# Artículo 10, Ley Monetaria de Guatemala — Reservas monetarias internacionales

- Ley: Ley Monetaria (Decreto 17-2002 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título II. Convertibilidad, movilidad de capitales y reservas monetarias internacionales › Capítulo Único
- Estado: vigente
- Fuente oficial: Banco de Guatemala (banguat.gob.gt), compilación «Principales leyes bancarias y financieras de Guatemala» (2025) — https://banguat.gob.gt/sites/default/files/banguat/leyes/2025/ley_monetaria.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-monetaria/articulo-10/
- Cómo citar: Art. 10, Ley Monetaria de Guatemala (Decreto 17-2002), codicegt.com/ley-monetaria/articulo-10/

## Texto

Las reservas monetarias internacionales del Banco de Guatemala están constituidas por los activos siguientes:

a) Oro;

b) Billetes y monedas extranjeros aceptados como medio de pago internacional;

c) Depósitos de divisas de inmediata exigibilidad y a plazos, en instituciones financieras internacionales o en bancos extranjeros que determine la Junta Monetaria;

d) Títulos o valores de primera clase, líquidos, emitidos por gobiernos extranjeros de reconocida solvencia, organismos internacionales y corporaciones o instituciones financieras que determine la Junta Monetaria;

e) Derechos Especiales de Giro del país en el Fondo Monetario Internacional;

f) Aportes a organismos financieros internacionales cuando se consideren internacionalmente como activos de reserva; y,

g) Otros activos que la Junta Monetaria califique, de conformidad con las circunstancias derivadas de la evolución de los instrumentos del mercado financiero internacional.

Las reservas monetarias internacionales son inembargables y no podrán ser objeto de medidas precautorias, administrativas ni judiciales. Tampoco estarán sujetas al pago de impuestos, tributos o contribución especial alguna.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto del Decreto 17-2002 tal como lo publica la compilación del Banco de Guatemala (2025), que no anota reformas. El artículo 28 deroga el Decreto 203 (Ley Monetaria anterior), el Decreto 139-96 (Ley de Especies Monetarias), el Decreto 63-73 y el artículo 1396 del Código Civil.

## Relacionados

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- Art. 71, Ley Orgánica del Presupuesto — https://codicegt.com/ley-organica-del-presupuesto/articulo-71/
- Art. 51, Ley Orgánica del Banguat — https://codicegt.com/ley-organica-banguat/articulo-51/

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