# Artículo 37, Ley Orgánica del Banguat de Guatemala — Relaciones laborales

- Ley: Ley Orgánica del Banguat (Decreto 16-2002 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título II. Direccion, administracion y ejecucion › Capítulo III. Administracion
- Estado: vigente
- Fuente oficial: Banco de Guatemala (banguat.gob.gt), compilación «Principales leyes bancarias y financieras de Guatemala» (2025) — https://banguat.gob.gt/sites/default/files/banguat/leyes/2025/ley_organica_banco_de_guatemala.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-organica-banguat/articulo-37/
- Cómo citar: Art. 37, Ley Orgánica del Banguat de Guatemala (Decreto 16-2002), codicegt.com/ley-organica-banguat/articulo-37/

## Texto

Las relaciones laborales entre el Banco de Guatemala y sus trabajadores se regirán por el reglamento interno que emitirá la Junta Monetaria a propuesta del Gerente y, supletoriamente, por las disposiciones contenidas en el Código de Trabajo.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto del Decreto 16-2002 con las reformas que anota la compilación del Banco de Guatemala: Decreto 10-2007 (párrafo adicionado al art. 20) y Decreto 26-2012 (art. 22, que reforma el art. 48). La compilación no declara fecha de corte. El art. 85 deroga el Decreto 215 (Ley Orgánica del Banco de Guatemala anterior).

## Relacionados

- Art. 33, Código de Salud — https://codicegt.com/codigo-de-salud/articulo-33/
- Art. 16, Ley de Supervisión Financiera — https://codicegt.com/ley-de-supervision-financiera/articulo-16/
- Art. 20, Código de Trabajo — https://codicegt.com/codigo-de-trabajo/articulo-20/
- Art. 81, Ley Orgánica del Banguat — https://codicegt.com/ley-organica-banguat/articulo-81/
- Art. 50, Ley Orgánica del Banguat — https://codicegt.com/ley-organica-banguat/articulo-50/

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