# Artículo 6, Ley Orgánica del Banguat de Guatemala — Inembargabilidad del Fondo de Garantía

- Ley: Ley Orgánica del Banguat (Decreto 16-2002 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título I. Objetivo y los aspectos financieros y contables › Capítulo II. Fondo de garantia y aspectos financieros y contables
- Estado: vigente
- Fuente oficial: Banco de Guatemala (banguat.gob.gt), compilación «Principales leyes bancarias y financieras de Guatemala» (2025) — https://banguat.gob.gt/sites/default/files/banguat/leyes/2025/ley_organica_banco_de_guatemala.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-organica-banguat/articulo-6/
- Cómo citar: Art. 6, Ley Orgánica del Banguat de Guatemala (Decreto 16-2002), codicegt.com/ley-organica-banguat/articulo-6/

## Texto

El Fondo de Garantía del Banco de Guatemala no es transferible ni susceptible de embargo.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto del Decreto 16-2002 con las reformas que anota la compilación del Banco de Guatemala: Decreto 10-2007 (párrafo adicionado al art. 20) y Decreto 26-2012 (art. 22, que reforma el art. 48). La compilación no declara fecha de corte. El art. 85 deroga el Decreto 215 (Ley Orgánica del Banco de Guatemala anterior).

## Relacionados

- Art. 92, Ley de Bancos y Grupos Financieros — https://codicegt.com/ley-de-bancos/articulo-92/
- Art. 5, Ley Orgánica del Banguat — https://codicegt.com/ley-organica-banguat/articulo-5/
- Art. 90, Ley de Bancos y Grupos Financieros — https://codicegt.com/ley-de-bancos/articulo-90/
- Art. 47, Ley de Bancos y Grupos Financieros — https://codicegt.com/ley-de-bancos/articulo-47/
- Art. 133, Constitución — https://codicegt.com/constitucion/articulo-133/

---
Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada.
