# Artículo 57 Bis, Ley Orgánica del Presupuesto de Guatemala — Caja Única

- Ley: Ley Orgánica del Presupuesto (Decreto 101-97 del Congreso de la República)
- Ubicación: Título IV. Del sistema de tesorería
- Estado: reformado
- Fuente oficial: Oficina Nacional de Servicio Civil (onsec.gob.gt), PDF del Decreto 101-97 con notas de reforma — https://www.onsec.gob.gt/w1/wp-content/uploads/2026/06/LEY-ORGANICA-DEL-PRESUPUESTO-Decreto-No.-101-97.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-organica-del-presupuesto/articulo-57bis/
- Cómo citar: Art. 57 Bis, Ley Orgánica del Presupuesto de Guatemala (Decreto 101-97), codicegt.com/ley-organica-del-presupuesto/articulo-57bis/

## Texto

Tesorería Nacional realizará el pago de las obligaciones del Estado, a través del Fondo Común-Cuenta Única Nacional, directamente a quien corresponda, utilizando para ello el Sistema Bancario Nacional. Los recursos provenientes del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, que se asignen como transferencias corrientes y de capital a Entidades del Organismo Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Descentralizadas, Autónomas y otras Entidades del Sector Público, se ejecutarán en su totalidad presupuestariamente. Sin embargo, los recursos financieros se mantendrán en la Cuenta de Gobierno de la República, Fondo Común-Cuenta Única Nacional registrándose como una operación pasiva de la Tesorería Nacional y se regularizarán cuando se efectúe el pago a través de la Caja Única al beneficiario directo.

Para tal efecto las entidades a que hace referencia este artículo, deberán realizar el pago a quien corresponda, de conformidad con la programación financiera remitida al Ministerio de Finanzas Públicas, siendo Tesorería Nacional quien liquidará los pagos conforme la programación de Caja. Su funcionamiento y aplicación se normará en el reglamento de la presente Ley.

> Adicionado por el artículo 35 del Decreto Número 13-2013 publicado en el Diario de Centro América el 12 de noviembre de 2013.

## Reformas

- Adicionado por el artículo 35 del Decreto 13-2013 (2013-11-12)
- Nota sobre reformas de la ley: Texto del Decreto 101-97 con las reformas que anota la ONSEC (edición de enero de 2025): Decretos 71-98, 13-2013 (que la reformó casi en su totalidad), 9-2014 y 27-2024. La edición no declara fecha de corte.

## Relacionados

- Art. 55 Bis, Ley Orgánica del Presupuesto — https://codicegt.com/ley-organica-del-presupuesto/articulo-55bis/
- Art. 237, Constitución — https://codicegt.com/constitucion/articulo-237/
- Art. 30 Ter, Ley Orgánica del Presupuesto — https://codicegt.com/ley-organica-del-presupuesto/articulo-30ter/
- Art. 89, Ley de Educación Nacional — https://codicegt.com/ley-de-educacion-nacional/articulo-89/
- Art. 132, Constitución — https://codicegt.com/constitucion/articulo-132/

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